El titular del juzgado de Instancia 10 de Murcia declara resuelto, por expiración del plazo, un contrato de aparcería suscrito en 1913, sobre una finca rústica con una extensión de 84 fanegas “poco más o menos” de tierra de cultivo.
Admite así la demanda de los propietarios, y condena a los aparceros a dejar la finca a disposición de los demandantes. Además, en la sentencia se les apercibe de que, una vez firme la presente resolución, se procederá al lanzamiento si no la desalojan dentro del plazo legal.
A esto se oponían los demandados alegando que el contrato que les vinculaba era de arrendamiento rústico histórico, atendiendo a la redacción de mismo y al pago del precio.
En la resolución el magistrado considera probada la...