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carlospf
Hola.
En varios foros he visto que recomendaban estudiarse la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, entera.
Sin embargo, al margen de que en mi temario sólo se incluye hasta el Título III, veo que a partir del Título IV y salvo artículos sueltos aquí y allá, casí todos los artículos hacen referencias a redacciones de otras leyes; no solo eso, sino que algunas de esas referencias lo son a artículos que actualmente ya no están en vigor, como es el caso del artículo 35 (Sustitución de penas), que hace referencia al artículo 88 del Código Penal actualmente suprimido. A esto no se hace referencia alguna en el propio artículo 35 o en otros en situación similar dentro de la Ley Orgánica 1/2004.
De modo que mi duda es: ¿hay que estudiarse esta parte de la Ley Orgánica 1/2004 o sólo hasta el Título III e ignoro todo a partir del Título IV? Y si hay que estudiárselo todo ¿ignoro entonces los artículos que hacen referencia a otros articulos ya desfasados? ¿Qué ocurre con los artículos sueltos que no hacen referencia a redacciones de otras leyes como el Artículo 42 (Administración penitenciaria) o todo el Capítulo IV (Medidas judiciales de protección y de seguridad de las víctimas) del Título V?
Gracias de antemano.
En varios foros he visto que recomendaban estudiarse la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, entera.
Sin embargo, al margen de que en mi temario sólo se incluye hasta el Título III, veo que a partir del Título IV y salvo artículos sueltos aquí y allá, casí todos los artículos hacen referencias a redacciones de otras leyes; no solo eso, sino que algunas de esas referencias lo son a artículos que actualmente ya no están en vigor, como es el caso del artículo 35 (Sustitución de penas), que hace referencia al artículo 88 del Código Penal actualmente suprimido. A esto no se hace referencia alguna en el propio artículo 35 o en otros en situación similar dentro de la Ley Orgánica 1/2004.
De modo que mi duda es: ¿hay que estudiarse esta parte de la Ley Orgánica 1/2004 o sólo hasta el Título III e ignoro todo a partir del Título IV? Y si hay que estudiárselo todo ¿ignoro entonces los artículos que hacen referencia a otros articulos ya desfasados? ¿Qué ocurre con los artículos sueltos que no hacen referencia a redacciones de otras leyes como el Artículo 42 (Administración penitenciaria) o todo el Capítulo IV (Medidas judiciales de protección y de seguridad de las víctimas) del Título V?
Gracias de antemano.