Una jueza hace fija a una empleada del Ayuntamiento de Donostia con 15 años de temporalidad

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Una jueza hace fija a una empleada del Ayuntamiento de Donostia con 15 años de temporalidad



Una jueza hace fija a una empleada del Ayuntamiento de Donostia con 15 años de temporalidad.



Lo que dictaminó la Sala de lo Social del Supremo en aquel caso abrió la puerta a todo el personal temporal de las administraciones públicas a obtener una plaza fija siempre que hubiera aprobado las pruebas de acceso, aunque no haya logrado la plaza. Más allá de la fórmula de indefinidos no fijos que planteó el Tribunal Supremo.

En marzo de 2020, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que el personal interino y temporal en las administraciones públicas que se encuentra en esta situación está en fraude de ley por abuso en la contratación temporal y dijo que ese abuso debía ser sancionado.

Los interinos guipuzcoanos, de Euskadi y del conjunto del Estado, llevan tiempo reclamando que una sanción adecuada y que a la vez reparase este agravio era precisamente imponer a las administraciones incumplidoras el hecho que se intentaba evitar, la incorporación definitiva de estas personas a las plantillas como personal fijo.

El Estado español había llegado a esta situación después de seguir durante más de 20 años años sin trasponer la directiva europea 1999/70, de obligado cumplimiento para todos los estados miembro y sus administraciones, también las locales. Una directiva que decía que los puestos interinos son para cubrir situaciones excepcionales. No para extenderlos durante 15 o 20 años.

El embrollo afectó a la práctica totalidad de las administraciones del Estado. Se calcula que en total podía haber unas 800.000 personas en abuso de temporalidad. Plazas que debían haber sido sacadas a concurso público hace años. Y que afectaban a empleados que en su día aprobaron oposiciones o concursos de méritos, pero se perdieron en bolsas de trabajo "porque no se ofertaron todas las plazas que se tenían que haber ofertado".

Según ha podido saber Noticias de Gipuzkoa, la sentencia del Juzgado de lo Social Nº1 de Donostia. rechaza que los procesos selectivos sean una medida sancionadora que cumpla con la Directiva 1999/70; y declara que al no existir en el Derecho español medida sancionadora alguna, la Directiva exige la transformación automática de los empleados públicos temporales víctimas de un abuso en fijos.

Este periódico también ha tenido conocimiento de otros casos semejantes que pese al camino marcado por el Supremo, no han obtenido sentencia favorable en otro juzgado de San Sebastián, pero los denunciantes han recurrido y están a la espera de que se pronuncie el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.




Fuente: La Administración al Día (INAP)
 
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