Sentencia que reconoce el permiso retribuido de 5 días por intervención quirúrgica



Sentencia que reconoce el permiso retribuido de 5 días por intervención quirúrgica


La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha logrado una sentencia que reconoce el derecho de un trabajador del Sescam a un permiso retribuido de 5 días laborables por motivo de intervención quirúrgica de su hijo.

La Gerencia de Atención Integrada de Talavera de la Reina, en un feo gesto hacía su propia plantilla, había desestimado un recurso presentado por el sindicato que solicitaba el permiso de cinco días y reconocía sólo tres.

Sin embargo, la sentencia, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Toledo, estima “la petición deducida de permiso retribuido por intervención quirúrgica sin hospitalización que ha precisado reposo domiciliario por los dos días que no le han sido concedidos por ese concepto, 21 y 22 de julio de 2020, con los efectos jurídicos y económicos que le corresponden y con expresa imposición de costas a la Administración demandada".

El afectado había presentando, con fecha 9 de Julio de 2020, solicitud de permisos básicos por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica con reposo domiciliario, en distinta localidad por periodo de cinco días laborales, que comprendían desde el 16 de Julio de 2020 al 22 de Julio de 2020, en este casoporcuidado de su hijo.

El Sescam, no obstante, entendió entendiendo los dos días restantes como días de libre disposición, contraviniendo el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que reconoce un permiso “por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad”, como es este último caso la situación padecida por este trabajador.

La sentencia refleja la mala predisposición del Sescam: “El supuesto de hecho causante del permiso solicitado por el recurrente, es la intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, causa unitaria, no pudiéndose desligar el concepto de intervención quirúrgica sin hospitalización y el de reposo domiciliario posterior, no existiendo ningún motivo o argumento legal con el que poder justificar la necesidad de llevar a cabo una interpretación restrictiva a la hora de su posible disfrute”.​


Fuente: Sindicato CSIF
 
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