¿Qué pasa con el horario de las fiestas patronales, en la Agencia Tributaria?

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¿Qué pasa con el horario de las fiestas patronales, en la Agencia Tributaria?


CCOO, ha presentado un escrito a la Directora del Departamento de RRHH, pues hemos detectado que durante estos últimos meses, ya más de un año, desde que permanecemos en Estado de Alarma y la situación excepcional que vivimos por la pandemia sanitaria, las Delegaciones de la AEAT están siguiendo, al parecer, el criterio indicado por la Dirección de la AEAT de no autorizar la aplicación del horario reducido de las fiestas patronales en caso de que la Autoridad local o autonómica competente en cada caso suspenda las festividades locales en cuestión. Ese criterio se presta a interpretaciones dispares en cada territorio, ya que deja al arbitrio de cada Delegación la fijación de qué actos, festejos o actividades son los que se consideran relevantes a estos efectos, de entre la variedad de actividades que muchos municipios organizan durante su semana de fiestas tradicionales. Todo eso ha hecho que se hayan dado y puedan seguir dándose diferencias de trato en cuanto al horario de trabajo durante las fiestas patronales, dentro de los mismos ámbitos territoriales, entre las Delegaciones de la AEAT y los Servicios de los Departamentos y Organismos del Estado integrados en la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente. Por todo lo dicho se solicita la reconsideración del criterio que parece estar aplicando la AEAT y la coordinación al menos con el resto de Organismos del Estado en cada territorio, en cuanto a la decisión sobre la aplicación o no del horario reducido durante esas fechas.


CCOO, ha presentado un escrito a la Directora del Departamento de RRHH, pues hemos detectado que durante estos últimos meses, ya más de un año, desde que permanecemos en Estado de Alarma y la situación excepcional que vivimos por la pandemia sanitaria, las Delegaciones de la AEAT están siguiendo, al parecer, el criterio indicado por la Dirección de la AEAT de no autorizar la aplicación del horario reducido de las fiestas patronales en caso de que la Autoridad local o autonómica competente en cada caso suspenda las festividades locales en cuestión. Ese criterio se presta a interpretaciones dispares en cada territorio, ya que deja al arbitrio de cada Delegación la fijación de qué actos, festejos o actividades son los que se consideran relevantes a estos efectos, de entre la variedad de actividades que muchos municipios organizan durante su semana de fiestas tradicionales. Todo eso ha hecho que se hayan dado y puedan seguir dándose diferencias de trato en cuanto al horario de trabajo durante las fiestas patronales, dentro de los mismos ámbitos territoriales, entre las Delegaciones de la AEAT y los Servicios de los Departamentos y Organismos del Estado integrados en la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente.

Por todo lo dicho se solicita la reconsideración del criterio que parece estar aplicando la AEAT y la coordinación al menos con el resto de Organismos del Estado en cada territorio, en cuanto a la decisión sobre la aplicación o no del horario reducido durante esas fechas.







Fuente: Sindicato CCOO
 
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