Otra vuelta de tuerca al fomento de la promoción interna al personal del C2 y Laborales de la Agencia Tributaria.

Otra vuelta de tuerca al fomento de la promoción interna al personal del C2 y Laborales de la Agencia Tributaria.


Malas nuevas en materia de dietas; la AEAT discrimina incompresiblemente a los C2 y laborales asimilados de su personal. CCOO una nueva Resolución de la Dirección de la AEAT pone en evidencia su clasismo; unos subgrupos “merecen liberalidades” y otros no, los de siempre.


Cuando el año pasado vimos el proyecto de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 conocimos con indignación, como os informábamos en su día, la “venganza” que había estado rumiando la Dirección del Instituto de Estudios Fiscales por las condenas judiciales a pagar las dietas del curso selectivo de 2020 para la promoción del CTH. La Dirección del IEF utilizó sus influencias para introducir en la citada Ley la fijación de la indemnización por residencia eventual para los alumnos de los cursos selectivos de acceso que se realizan en la Escuela de Hacienda (Técnicos e Inspectores en nuestro caso) en el 30% de la dieta (alojamiento y manutención) que les corresponde en ese caso, porcentaje que en cualquier otro organismo es, como regla general, del 80%. Las gestiones que CCOO y algún otro Sindicato realizamos en aquellos momentos, con tan poco tiempo de margen, no lograron cambiar el texto que muy poco después aprobó el Parlamento.

La Dirección de la AEAT se excusó en aquel momento diciendo que no conocía la intención de la Escuela y que ellos no la compartían. Lo cierto es que cuando la AEAT debe pagar esas indemnizaciones (asistencia de su personal a cursos selectivos para el acceso por promoción interna a Cuerpos Generales del A2), las paga igual que la Escuela.

Pero ahora la AEAT va más allá, y castiga a otra parte muy importante de su personal, con la Resolución del 5 de mayo pasado, dictada por la Directora del Departamento de Recursos Humanos, que establece el porcentaje de la indemnización por razón del servicio a abonar en las comisiones de servicios con consideración de residencia eventual.

Esa nueva Resolución mantiene los porcentajes de indemnización para la asistencia a los cursos selectivos de la promoción a los Cuerpos Generales, pero introduce una novedad en su apartado primero; se vuelve a pagar una parte de la dieta de residencia eventual (un ridículo 40%) para compensar los gastos mencionados más arriba por la asistencia a los exámenes fuera de su localidad, pero sólo en los procesos selectivos de promoción interna donde hay curso selectivo posterior, es decir, en la promoción interna al Cuerpo Técnico, a los Cuerpos Generales del A2, a los Inspectores y otros A1 de la AEAT. Por contra, la AEAT no pagará nada por esos gastos de asistir a los exámenes de promoción interna para el acceso a Agentes, Administrativos o Auxiliares que se realicen fuera de su localidad de residencia.

Esta medida supone, en realidad, una pírrica compensación para quienes la puedan percibir, -unos 30 € en la mayoría de los casos-, pero una discriminación absolutamente injustificada al personal que intenten promocionar a Cuerpos de C1 o C2, que no tendrán siquiera derecho a ello.

CCOO ya está realizando las gestiones ante la Dirección para corregir esta injusta discriminación. Esperamos que en breve la Dirección de la AEAT reconsidere su decisión y modifique la Resolución en ese sentido.

Documentación asociada:


Hoja Informativa 056-22.


Fuente: Sindicato CCOO
 

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