Madrid: la Consejería de Justicia sigue ninguneando a los trabajadores/as con la negociación del Acuerdo Sectorial

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Madrid: la Consejería de Justicia sigue ninguneando a los trabajadores/as con la negociación del Acuerdo Sectorial


STAJ, CCOO y CSIF hemos vuelto a ser contundentes en la denuncia de las estratagemas de la Consejería de Justicia para intentar, con todo tipo de argucias, conseguir un acuerdo de mínimos, con contenidos abstractos y poco claros, para tener atados a los trabajadores durante varios años, cuando se implante la Ley de Eficiencia Organizativa (a la que hace referencia continuamente), con la que intentará dar un duro golpe a las condiciones de trabajo en la justicia madrileña y a los derechos del personal


El pasado viernes, día 4 de noviembre, se celebró de nuevo reunión de Mesa Sectorial para seguir negociando un nuevo Acuerdo Sectorial de los trabajadores/as de justicia de la Comunidad de Madrid con el objetivo de mejorar sus condiciones laborales y el incremento de las retribuciones del complemento autonómico de la Comunidad de Madrid

Como ya nos tiene acostumbrados la Consejería de Justicia, haciendo de nuevo alarde de su nula voluntad negociadora y de una preocupante falta de diálogo, volvió a presentar una nueva propuesta de Acuerdo Sectorial cuyas diferencias con la primera que presentó el día 6 de julio de éste año, hay que buscar entre líneas y con lupa. Tras un año de negociaciones desde que STAJ, CCOO y CSIF, empezamos a reclamar las justas reivindicaciones que se debían incluir en el Acuerdo Sectorial, la Consejería sigue ninguneando a los trabajadores/as y, lejos de mostrar voluntad de llegar a Acuerdos, ha presentado, propuesta tras propuesta, prácticamente el mismo texto una y otra vez, sin acercarse a las mínimas reivindicaciones sustanciales que STAJ, CCOO y CSIF venimos reclamando

En la reunión, la Consejería volvió a demostrar una absoluta falta de pudor en seguir enredando, en inventarse pretextos, uno detrás de otro, a medida que STAJ, CCOO Y CSIF hemos ido demostrando la inconsistencia y frivolidad de los que utiliza, para no reconocer las reivindicaciones fundamentales de los trabajadores/as. Detrás de todos ellos, está la obsesión de la Consejería por tener las manos libres para, como hasta ahora, poder seguir manteniendo al personal en una absoluta inseguridad jurídica e indefensión en sus relaciones laborales, tanto con la propia Consejería como con los superiores funcionales

Causa estupor que siga ocultando la documentación sobre la situación de ocupación de la plantilla, y que a pesar de que todos los órganos y servicios de la Justicia madrileña tienen presupuestada una plantilla básica (mínima) para su funcionamiento, la Consejería mantenga que no cubre, desde el año 2016, cientos de puestos de trabajo porque los LAJ, Fiscal Jefe o director del IML no se lo solicitan; causa indignaciónque lleve seis meses manteniendo la misma propuesta económica con unos artificiosas excusas y, ahora mantenga que la “responsabilidad” de su irrisoria propuesta es del Gobierno Central por haber aprobado subidas salariales retroactivas; causa indignación, también, que rechace las reivindicaciones de mejoras de condiciones de trabajo del personal de justicia argumentando que con ello discriminaría al resto de empleados públicos de la Comunidad de Madrid cuando, al resto de empleados públicos les tiene reconocidos, entre otros, el abono transporte, un seguro de responsabilidad civil y regulado el teletrabajo.

En relación con la última propuesta presentada por la Consejería, a continuación explicamos en CUADRO COMPARATIVO, las diferencias que la separaran de las reivindicaciones más importantes (además de muchas otras más) que venimos reclamando STAJ, CCOO y CSIF


ACUERDO SECTORIAL CON VIGENCIA DE CUATRO AÑOS (y mas allá, hasta que no se negocie un nuevo Acuerdo

REIVINDICACIONES DE STAJ, CCOO y CSIF

PROPUESTA DE LA CONSEJERÍA

INCREMENTO DEL

COMPLEMENTO AUTONÓMICO

400 €/mes(1):



Enero 2023: +150 €

Enero 2024: +150 €(300€/mes)

Enero 2025: +50 € (350€/mes

Enero 2026: 50 € (400€/mes)

(1) Equivalente a la pérdida retributiva acumulada del personal de Justicia de C.de Madrid desde el año 2011, por incumplimiento por parte de la Consejería de acuerdos anteriores; de no aplicarles a los complementos autonómicos algunas de las mejoras salariales acordadas para todos los empleados públicos en los PGEstado,etc

60€/mes



NO en el complemento, sino en el concepto

“cumplimiento de programa” (1):



Enero 2023: +30€/mes

Septiembre 2023: +30 € (60€/mes) (2)



(1) Este concepto, heredado del Ministerio, estaba a extinguir desde que en 2003 Madrid asumió las transferencias porque implicaba asumir la realización de programas de actuación ú objetivos



(2) Hasta que finalice la vigencia el Acuerdo en diciembre de 2025 y se alcance un nuevo Acuerdo ( como ahora, pueden varios años, sin ningún incremento
Consolidación de los incrementosNO LO INCLUYE
Actualización anual conforme a lo dispuesto en los PGEstadoNO LO INCLUYE
Que los incrementos no serán absorbibles (neutralizados) por futuras subidas salariales derivadas de Acuerdos GeneralesNO LO INCLUYE

Reconocimiento del ABONO

TRANSPORTE

Es un SALARIO INDIRECTO que perciben los EE. públicos de la C.de Madrid, excepto los de Justicia

Implantación progresiva durante el año 2023 y 2024 destinando los fondos concretos de dicha financiación
NO LO INCLUYE
ACCIÓN SOCIALRecuperación actualizada de la totalidad de los fondos de Acción Social eliminados por la C. de Madrid en 2012 (más de 15.000.000€)Plantea la recuperación de solo 1.500.000€, en tres años (2023, 2024 y 2025), sin actualización y condicionada, por tanto, sin garantizar dicha recuperación

COBERTURA DE LOS PUESTOS DE TRABAJO

(A pesar de que toda la plantilla está presupuestada,

la Consejería desvía más de 22.000.000€/año deese presupuesto a otras finalidades no conocidas)

Presentación de la documentación acreditativa de la situación de la plantilla.



Cobertura en un plazo máximo de dos meses de la totalidad de los puestos de trabajo que se han dejado de cubrir desde el años 2016, una media de 550 puestos.

Establecer la cobertura de oficio (sin precisar solicitud del superior funcional)

Se Niega a facilitar la documentación

(sabra por qué)



- NO INCLUYE NADA

(seguirán vacíos cientos de puestos de trabajo)



- NO INCLUYE NADA. Sólo de forma genérica que se cubrirán ateniendo a la urgencia y necesidad (que aprecian arbitrariamente)
CONCUROS DE TRASLADOSQue todas las vacantes existentes deban ser ofertadas al concurso de traslados anualNO LO INCLUYE
COMISIONES DE SERVICIO
Establecimiento de los criterios para regular las comisiones de servicios: todas las plazas no cubiertas por sustitución; publicidad de la oferta y adjudicación por orden de escalafón, sin informe del LAJ;

y un plazo máximo de 45 días para publicar la Resolución que las regule

- NO INCLUYE la publicidad de la oferta y adjudicación



- NO INCLUYE plazo para publicar la regulación, sólo para iniciar su negociación (60 días como máximo)

- NO admite la adjudicación por orden de escalafón, AÑADE “por especialización de jurisdicciones”
BOLSAS DE PERSONAL INTERINOPublicación en la página web de las plazas a cubrir, de llamamientos por orden de las bolsas; actualización periódica de méritos de todos los integrantes de la bolsas; incorporación a las bolsas de los aprobados sin plaza de los procesos de los procesos selectivos; fijar plazo máximo de vigencia de las bolsas y vincularla a la finalización de las OEPNO LO INCLUYE
JORNADA LABORALEstablecimiento de la jornada de 35 horas semanalesNO LA INCLUYE
VACACIONES
Disfrute a lo largo del año natural sin sujeción a los periodos preferentes



Suspensión de vacaciones/permisos en caso de enfermedad del funcionario y enfermedad graves o fallecimiento de familiar

NO LO INCLUYE. Por el contrario, PERMITE que se pueda OBLIGAR A DISFRUTAR VACACIONES EN EL MES DE AGOSTO en las jurisdicciones en las que es inhábil



Solo aceptan la interrupción de vacaciones y permisos por fallecimiento o enfermedad grave de familiar
TELETRABAJOEstablecer la regulación del teletrabajo garantizando su acceso a todo el personal en condiciones de igualdad, eliminando la intervención de los LAJ en la solicitud así como el informe favorable; el carácter voluntario y reversible del teletrabajo, la dotación de equipo por parte de la Administración
NO LO INCLUYE



(Sólo establece que se regulará cuando esté implantado plenamente el expediente judicial electrónico en C.de Madrid)
GUARDIAS DE PERIFERIA E IML/ JUZGADOS DE VSM de periferia
Mejora de retribuciones de las guardias de periferia e IML mismo salario/hora que las guardias de 24 horas.

Compensación guardias periferia atención asuntos de VSM

Cumplimiento del Acuerdo de VSM de los juzgados de periferia
NO LO INCLUYE
CREACIÓN DE NEVOS PUESTOS DE TRABAJOCreación de 920 puestos de trabajo tal y como plantea el TSJM; del Servicio de Atención Inmediata y de Videoconfencias
Sólo incluye crear 120 nuevos puestos, de los cuales, al menos 54 los condiciona a que no sea necesario nombrar refuerzos o planes de actuación.

Todos los compromisos restantes los condiciona a la implantación de la LEO

SEGUIMOS EN LA JUSTA LUCHA EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES/AS

¡¡POR LA COBERTURA DE TODOS LOS PUESTOS DE TRABAJO!!



¡¡POR LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO Y DEL COMPLEMENTO AUTONÓMICO!!

Fuente: Sindicato CCOO
 
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