Justicia pretende sacar adelante las RPTs de MUGEJU sin “transparencia” y quebrando el principio de “buena fe negocial”

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Justicia pretende sacar adelante las RPTs de MUGEJU sin “transparencia” y quebrando el principio de “buena fe negocial”



En la mañana de hoy hemos asistido a Mesa Sectorial de Negociación, según el Ministerio, como continuación de la denominada “audiencia previa” del pasado 21 de enero y de la que os dimos cumplida cuenta. CSIF ese día se negó a participar en una imposición de RPTs sin negociación y sigue denunciando que el Ministerio no tiene voluntad de negociar esta cuestión como ha quedado demostrado en la reunión.

Por mucho que el Ministerio y la Gerente de la Mutualidad se empeñen en querernos vender la moto, para CSIF, los puestos de trabajo de los cuerpos generales en los Servicios Centrales y Delegaciones de la Mugeju son objeto de negociación y no pueden ser bajo ningún concepto una excusa para confirmar una plantilla al gusto de quien acabaría siendo el órgano gestor, la Gerencia de la Mutualidad (ya que según la propia Gerente y la Memoria del Análisis de Impacto no son plazas “ex novo”).

CSIF, no puede participar de un proceso negociador de RPTs que se nos presenta sin el detalle de la plantilla actual (solo al final de la reunión se nos informa sobre el número de plazas y su dotación), donde curiosamente todas las plazas de servicios centrales, a excepción de las de auxilio, son puestos singularizados, que ni se justifican, ni llevan a aparejado un complemento específico mayor, ni se especifica a que áreas o secciones estarán adscritos.

Conocemos que en servicios centrales se realiza también jornada de tarde, pero eso, como no es “ex novo” parece ser que tampoco importa para las retribuciones del complemento específico singularizado. Tampoco se nos muestra ni se hace mención sobre el informe del Consejo del Secretariado respecto de las dos plazas de Letrados de la Administración de Justicia, el cual ha de ser oído según el Real Decreto 1608/2005.

CSIF si bien es respetuoso con el cumplimiento de las sentencias, no puede compartir que la creación de las RPTs en Mugeju tan solo sea como consecuencia de la dictada el 29 de noviembre del pasado año. La LOPJ, el TREBEP y nuestro Reglamento de Ingreso obligaban a la creación de unas plazas, que, con la excusa, precisamente, de ausencia de RPTs han sido negadas durante años y años en la OPE y en los Concursos Ordinarios de Traslados, situación que supone una discriminación intolerable hacía los funcionarios de la Administración de Justicia que han visto todos estos años vetado su derecho a poder acceder alguno de los puestos de trabajo de MUGEJU.

Claramente ha dejado ver este Ministerio y así lo ha manifestado, que la Orden por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo en la Mutualidad General Judicial ha de ver la luz antes del 9 de marzo, fecha en que el Gobierno pasa a estar en funciones, a fin de ofrecer en Concurso de Traslados ordinario las plazas de las Delegaciones provinciales de la Mutualidad por ser puestos ordinarios (a excepción de uno de Gestión en la Delegación de Barcelona, este sí que ha sido “ex novo” expuesto en la mesa de hoy) y reconociendo que sin embargo la oferta de puestos singularizados a concurso queda aplazada “sine die”.

La intencionalidad de la Gerente es clara, amparada por el Ministerio de Justicia que lejos de tutelar la transparencia y la buena fe negocial, permitirá que una vez creadas las RPTs, el órgano Gestor, o sea, la Gerente de la Mutualidad, decidirá cuando las oferta en concurso de traslados, que previsiblemente será cuando se vayan produciendo la jubilación de quienes actualmente las ocupan.

CSIF denunció y advirtió al Ministerio que no vamos a permitir este “regate” a la negociación y utilizaremos todos los medios a nuestro alcance para impedir que se lleve a cabo este “abuso” de quién pretende convertir la Mutualidad en un reducto, impidiendo con ello que sus plazas se oferten de manera ordinaria a concurso de traslados.




Fuente: Sindicato CSIF
 
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