Insuficiente oferta de Correos: 50 excedencias voluntarias para 2.878 funcionarios

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Insuficiente oferta de Correos: 50 excedencias voluntarias para 2.878 funcionarios


Decepcionante

Las excedencias voluntarias incentivadas para el personal funcionario regresan a Correos con un sabor amargo, con un presupuesto para 2022 de 1.543.770 € totalmente insuficiente. Si por cada excedencia se conceden unos 30.000 € de media el presupuesto no da para más de 50 empleados/as y son 2.878 los que cumplen los requisitos (925 de ellos de logística y distribución).

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Tres años de retraso

Las excedencias voluntarias incentivadas se firmaron en el ‘Acuerdo de Mejora de Empleo’ de 2018. Esto significa que llega con tres años de retraso y con un presupuesto decepcionante que CSIF ha exigido aumentar, como mínimo, al doble.

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¿Qué requisitos hacen falta?

De momento, CSIF anuncia los requisitos que hacen falta para optar a esas excedencias:

Las condiciones psicofísicas del trabajador/a para el desempeño del puesto de trabajo. Estas condiciones serán valoradas por los Servicios Médicos de Correos. Requisito tener 57 años cumplidos a 01/01/2022.

Las adecuaciones organizativas de los puestos de trabajo. Requisito tener 57 años cumplidos a 01/01/2022

El trabajador/a de mayor edad, expresada en años, meses y días. Requisito tener 59 años cumplidos a 01/01/2022 y con prioridad en los puestos de distribución y logística.

La antigüedad del trabajador/a en Correos que será calculada conforme a los servicios efectivos prestados en Correos.

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¿Qué te corresponderá?

La indemnización está formada por un número de mensualidades que se determinan según la edad del trabajador/a,

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¿Y cómo se pagará?

Si el empleado/a tiene 59 años o más, la indemnización será en un solo plazo.

Si el empleado/a tiene 58 años, la indemnización será abonada en dos pagos iguales (el 1º en la nómina del mes de su concesión y el 2º a los 13 meses).

Si el empleado tiene 57 años, la indemnización será en tres pagos iguales (el 1º en la nómina del mes de su concesión y el 2º a los 13 meses y el 3º a los 26).

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¿Y entonces?

El empleado/a mantendrá de alta su situación en MUFACE hasta el día de su jubilación a no ser que inicie una actividad laboral por cuenta propia o ajena.

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Fuente: Sindicato CSIF
 
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