¿Desde cuándo Correos dejará de llevar las multas?

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¿Desde cuándo Correos dejará de llevar las multas?


A partir del 1 de noviembre (pero sólo a las empresas)

CSIF te confirma que será a partir del 1 de noviembre (pero sólo a las empresas).

La DGT ha anunciado que, a partir de ese día, deja de emitir notificaciones en papel a las empresas.

Las empresas deben identificar a sus conductores en la DEV (Dirección Electrónica Vial).

Y, una vez que reciban la multa, tendrán 10 días para descargarla y 20 más para identificar o presentar alegaciones. Y, en caso de no identificar al conductor, la multa ascenderá al triple de la inicial.

¿Y en el caso de los particulares?

No, por el momento: seguirán recibiendo las multas a domicilio.

De hecho, los particulares están obligados a notificar cualquier cambio de domicilio a la DGT y, si no lo hacen, se exponen a 80 euros de multa.

Ahora bien, los particulares también pueden registrarse en la Dirección Electrónica Vial (DEV). Pero, si lo hacen, dejarán de recibir notificaciones postales y sólo podrán leer las posibles sanciones accediendo a su buzón en la DEV.

La obligación de Correos

Sea como sea, CSIF insiste en que la obligación de Correos es dotar a cada sección de un cartero (así como en todos los ambitos de la empresa), algo que desde hace mucho tiempo no ocurre. Y, tal y como denuncia CSIF, asi no se puede cotinuar en el futuro de ninguna manera.

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Fuente: Sindicato CSIF
 
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