Convocadas las excedencias voluntarias incentivadas

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Convocadas las excedencias voluntarias incentivadas


PLAZO DE SOLICITUD: DEL 28 DE FEBRERO AL 11 DE MARZO

GRACIAS A LA PRESIÓN DE CCOO Y UGT

  • Se introducen criterios objetivos para su concesión
  • Se limita la discrecionalidad de la empresa
  • Podrán optar todos los colectivos sin excepción

PLAZO DE SOLICITUD: el personal funcionario interesado que reúna los requisitos podrá presentar su solicitud desde el 28 de febrero, hasta el 11 de marzo de 2022, ambos inclusive, a través de una de las dos vías habilitadas:

  • ONLINE: mediante un formulario que está activo en el apartado de Convocatorias del Canal Personas de Conecta.
  • Por CORREO ELECTRÓNICO: remitiendo el modelo Anexo de Solicitud (igualmente disponible en el apartado de Convocatorias) al buzón: excincentivadas-pfuncionario@correos.com En este caso hay que imprimir el Anexo de Solicitud, rellenar y firmarlo, y escanear la solicitud en PDF para adjuntarla al correo.

REQUISITOS:

  • Edad: tener cumplidos los cincuenta y siete años (57) en el día de la fecha de efectos que consta en su solicitud.
  • Fecha de efectos: es la fecha en la que tiene lugar la excedencia voluntaria incentivada. La determina el/la solicitante dentro de los plazos que se establece en las bases de la convocatoria: entre el 1 de junio de 2022 y el 30 de diciembre de 2022
  • El personal funcionario con más de 60 años deberá presentar su solicitud de jubilación con fecha al día posterior a la fecha de concesión de la excedencia.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Una vez recibidas todas las solicitudes presentadas, y examinada la documentación adjunta a las mismas, la selección de los candidatos/as para acceder a la situación de jubilación parcial anticipada se realizará en base a los siguientes los criterios:

  • Las condiciones psicofísicas del personal funcionario para el desempeño del puesto de trabajo. La acreditación de la situación psicofísica deberá presentarse físicamente en las unidades provinciales de las Gerencias de Personas y Relaciones Laborales, en un sobre cerrado dirigido a los Servicios Médicos con la indicación: “Programa de Excedencias Voluntarias Incentivadas. Documentación Médica Confidencial”. Para ello, es necesario marcar previamente la casilla de consentimiento para el tratamiento de los datos médicos en el formulario online o en el Anexo de Solicitud.
  • Las adecuaciones organizativas de los puestos de trabajo.
  • El personal funcionario de mayor edad, expresada en años, meses y días.
  • La antigüedad del personal funcionario en Correos. Dicha antigüedad será calculada conforme a los servicios efectivos prestados en Correos.

INDEMNIZACIÓN

- Los funcionarios/as seleccionados tendrán derecho al abono de una indemnización que estará formada por un número de mensualidades determinado según edad. Cada mensualidad está compuesta por los siguientes conceptos: sueldo base, prorrateo de las pagas extraordinarias, trienios, complemento específico I y complemento de destino devengado en el puesto de trabajo que desempeñe.

- El abono de la indemnización al trabajador/a se realizará de la siguiente forma:

  • Si el funcionario/a tiene 59 años o más la indemnización será abonada en un solo plazo.
  • Si el funcionario/a tiene 58 años, la indemnización será abonada en dos pagos iguales. El primero con la nómina del mes de su concesión y el segundo a los 13 meses de su concesión.
  • Si el funcionario/a tiene 57 años, la indemnización será abonada en tres pagos iguales. El primero con la nómina del mes de su concesión, el segundo a los 13 meses de su concesión y el tercero a los 26 meses de su concesión.

MUFACE

Los funcionarios/as podrán mantener la situación de alta en la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, con todos los derechos inherentes a esta situación, siendo a cargo de la Sociedad Estatal el abono de las cuotas correspondientes, hasta tanto inicien cualquier tipo de actividad laboral por cuenta propia o ajena, y en todo caso, como máximo hasta el inicio de la edad de jubilación voluntaria prevista legalmente para el personal funcionario (60 años).

SI ESTAS INTERESADO/A ACUDE A CCOO

Documentación asociada:


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Fuente: Sindicato CCOO
 

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