Compensación por coincidir el 1 de enero de 2022 en sábado

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Compensación por coincidir el 1 de enero de 2022 en sábado


La Secretaría de Estado de Función Pública, en el ejercicio de las competencias que tiene asignadas, ha resuelto que:> 1. El personal al que le es de aplicación la Resolución de 28 de febrero de 2019 tendrá derecho al disfrute durante el año 2022 de otro día de permiso adicional, dado que el día 1 de enero es festivo nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las comunidades autónomas y coincide en sábado. > 2. Este permiso, atendiendo a las necesidades del servicio, podrá disfrutarse individualmente o acumularse tanto a los días de vacaciones de 2022 que se disfruten de forma independiente como a los días por asuntos particulares de 2022. Asimismo, este permiso deberá ser tenido en cuenta por los Subsecretarios, por los órganos competentes en materia de personal de los demás organismos y entidades públicas y por los Delegados del Gobierno en sus respectivas comunidades autónomas, cuando aprueben los calendarios laborales correspondientes a sus respectivos ámbitos.


La Secretaría de Estado de Función Pública, en el ejercicio de las competencias que tiene asignadas, ha resuelto que:

1. El personal al que le es de aplicación la Resolución de 28 de febrero de 2019 tendrá derecho al disfrute durante el año 2022 de otro día de permiso adicional, dado que el día 1 de enero es festivo nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las comunidades autónomas y coincide en sábado.

2. Este permiso, atendiendo a las necesidades del servicio, podrá disfrutarse individualmente o acumularse tanto a los días de vacaciones de 2022 que se disfruten de forma independiente como a los días por asuntos particulares de 2022. Asimismo, este permiso deberá ser tenido en cuenta por los Subsecretarios, por los órganos competentes en materia de personal de los demás organismos y entidades públicas y por los Delegados del Gobierno en sus respectivas comunidades autónomas, cuando aprueben los calendarios laborales correspondientes a sus respectivos ámbitos.







Fuente: Sindicato CCOO
 
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