CCOO propone, en la Agencia Tributaria, aumentar las ayudas de acción social para quienes tengan menos ingresos

CCOO propone, en la Agencia Tributaria, aumentar las ayudas de acción social para quienes tengan menos ingresos


La propuesta de CCOO contempla la creación de un nuevo tramo en el que estarían incluidas las personas con un nivel familiar de ingresos inferior a 19.000 € de forma que perciban unas ayudas superiores a las que hasta ahora venían percibiendo, así como el incremento del resto de tramos en un 2% para que no tenga efecto la subida salarial y se permanezca en el mismo tramo y por lo tanto se mantenga el importe de las ayudas que hasta ahora se venían percibiendo.


El presupuesto destinado a la acción social para el 2022 es de 2.402.420€, idéntico al 2021. Es inaceptable que la partida destinada a favorecer a los compañeros y compañeras con menores recursos y más gastos no sea actualizada por la Agencia Tributaria, ni tan siquiera en el mismo importe en que se han actualizado los salarios de los empleados y empleadas públicos, a pesar de los múltiples requerimientos que hemos hecho para incrementar esta partida y recuperar los importes de antes de la crisis que, os recordamos, rondaba los 10.000.000 €. CCOO presentó, como en años anteriores, enmienda a los Presupuestos Generales del Estado para 2022, pero ¿y la AEAT ha hecho todo lo posible para que esta partida presupuestaria se incremente? ¿Cómo es que la Agencia Tributaria no ha podido incrementar el presupuesto del Plan de Acción Social y el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital lo ha podido hacer en un 19,03%?

En los tramos del Nivel Familiar de Ingresos (NFI) la Administración propone un incremento lineal de 1.000€ para el primer tramo y de 500€ para el resto de tramos, desde CCOO hemos propuesto un incremento del 2%, que implica seguir guardando la proporcionalidad y amplia algo más la horquilla de cada tramo.

Respecto a las personas que integran la unidad familiar:

  • No se tendrá en cuenta el límite de edad (26 años) de los hijos e hijas para la percepción de la Ayuda por fallecimiento o gran invalidez, mientras que cumplan con el resto de requisitos.
  • En las Ayudas de Discapacidad/Dependencia, si el beneficiario es ascendiente, también se deberá dar de alta como miembro de la unidad familiar al cónyuge, si lo hubiere.
  • El cónyuge o pareja de hecho queda incluido como beneficiario de la Ayuda de Salud por tratamientos de ortodoncia.

En cuanto a la documentación y requisitos de las facturas y justificantes de pago:



  • Se especifican los datos que habrán de aparecer en los justificantes de pago cuando se hayan utilizado sistemas basados en tecnología blockchain.
  • En la Ayuda al Desarrollo Educativo para la acreditación de la escolaridad se tendrá que aportar certificado del centro o boletín de notas a fecha de presentación de la solicitud.
  • En los tratamientos de fisioterapia, logopedia y psicoterapia se suprime la acreditación de haber recibido las sesiones prescritas o la denegación de las mismas.
  • En la Ayuda Discapacidad/Dependencia, hemos propuesto que también sea válida, para acreditar la discapacidad del 65% de la persona afectada, la Sentencia Judicial firme que declare la incapacidad.

También hemos propuesto que se contemplen dentro de Ayudas Excepcionales, modalidad 2.5, los tratamientos de reproducción asistida para mujeres mayores de 40 años, al estar excluidas de la Cartera de Servicios Comunes del Sistema Nacional de Salud.

Por último, CCOO ha rechazado de plano la intención de la Administración de impedir que sea la Comisión de Acción Social la encargada de decidir la aplicación de los remanentes que pudieran existir. CCOO considera fundamental el papel de esta Comisión para garantizar la transparencia en la fijación de criterios y distribución del remanente del crédito destinado a las Ayudas de Acción Social.

Nos quedamos a la espera de que la Administración valoré las propuestas presentadas y nos vuelva a convocar para continuar con la negociación del plan de acción social 2022.

Documentación asociada:


Hoja Informativa 020-22.


Fuente: Sindicato CCOO
 

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