Adjudicación de plazas del proceso selectivo de estabilización de empleo del personal fijo discontinuo de la Agencia Tributaria

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Adjudicación de plazas del proceso selectivo de estabilización de empleo del personal fijo discontinuo de la Agencia Tributaria


El Departamento de RR.HH. de la Agencia Tributaria ha publicado en su página Web resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por la que se aprueba la adjudicación de plazas a las personas aspirantes del turno general que han superado el proceso selectivo de estabilización de empleo temporal discontinuo en empleo fijo discontinuo en la categoría profesional de auxiliar de administración e información (campaña de renta) grupo profesional IV del IV convenio colectivo del personal laboral de la Agencia, convocado por resolución de 23 de julio de 2020, así como la oferta de puestos de trabajo.

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La formalización de los contratos con los aspirantes a los que se adjudica puesto de trabajo por el turno general deberá realizarse, en la fecha que se determine, dentro del plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (“empleo público”). Esta será la misma que la que se determine para la formalización de los contratos con los aspirantes a los que se adjudique puesto de trabajo por el turno de reserva para personas con discapacidad. Para la elección del destino concreto, formalización del contrato de trabajo y entrega del requerimiento para el inicio de la actividad laboral, los aspirantes que han obtenido plaza serán convocados mediante citación dirigida a la dirección del correo electrónico que indicaron en la instancia de inscripción en el proceso selectivo. No obstante, también se publicará información sobre dicha convocatoria en la página web (Empleo público), Campaña de Renta 2020 (ejercicio 2021), que podrá consultar utilizando el siguiente enlace:

En el caso de que alguna de las personas aspirantes incluidas en el ANEXO de esta Resolución no cumpla los requisitos, renuncie a la plaza, no formalice el contrato en el plazo establecido, o no superen el período de prueba al que se refiere la base 8.4 de la convocatoria, se requerirá a la siguiente persona candidata de la relación de personas aspirantes que hubieran obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo y no hubiese obtenido plaza, para la formalización del contrato, previa aportación, en su caso, de la documentación acreditativa necesaria y elección del destino, por orden de puntuación, entre los que no hayan sido cubiertos.

La adjudicación de las plazas ofertadas por el turno de Reserva de Discapacidad se hará pública, por Resolución de este mismo órgano, una vez finalizado el plazo habilitado a este colectivo para la presentación de documentación, conforme a la Resolución de esta Presidencia de fecha 12 de marzo.


Fuente: Sindicato CCOO
 
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